El Gobierno flexibiliza la formación CAP
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que regula las condiciones para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de los conductores de vehículos de transporte de viajeros y mercancías por carretera.
Según el Ministerio de Transportes se trata de una formación más flexible, variada y adaptada a las necesidades del conductor y de la empresa. Además, potencia la formación en seguridad vial y en conducción eficiente desde el punto de vista del consumo de combustible, las condiciones meteorológicas extremas y operaciones especiales de transporte.
Se abre la puerta a la formación online para determinados objetivos de la cualificación inicial que se impartan en aula y no lleven aparejada conducción individual o a bordo de un camión o autobús, condicionada a que se garantice una identificación fiable del usuario y unos medios de control adecuados.
Se recoge, además, la ampliación de la formación online a otros objetivos y su extensión a la formación continua por orden ministerial, siempre que se cumplan los mismos requisitos y en el caso de la formación continua, con una duración máxima de 12 horas. Asimismo, se prevé el aprendizaje mediante aula virtual, mientras dure la pandemia, para los cursos de cualificación inicial y de formación continua siempre que se utilice una plataforma que garantice, en todo momento, una conectividad sincronizada entre los profesores y los alumnos, así como bidireccionalidad en las comunicaciones.
EXÁMENES EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
Se agiliza el procedimiento de autorización de empresas CAP que se llevará a cabo por medios electrónicos y se permite a estas empresas abrir sucursales y utilizar aulas móviles, mediante comunicación previa a la administración competente. Las relaciones entre empresas CAP y, en su caso, sucursales y aulas móviles con las administraciones públicas competentes se realizarán utilizando exclusivamente medios electrónicos.
Además, los alumnos podrán presentarse a los exámenes en todo el territorio nacional y se mantiene la validez en todo el territorio nacional de las especialidades de los profesores que impartan cursos CAP que ya hubieran resultado acreditadas por el órgano competente.
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