¿Quién es el beneficiario de tu seguro de hogar?
El volcán de La Palma ha puesto de manifiesto que muchos afectados no reciben el dinero de las indemnizaciones del seguro que llegan directamente a su entidad bancaria.
Los representantes de los agentes y corredores de seguros alertan a los ciudadanos del riesgo que supone que el beneficiario del seguro del hogar sea la entidad bancaria con la que tenemos suscrita un préstamo hipotecario.
El pago de las primeras indemnizaciones del volcán de La Palma por parte del Consorcio de Compensación de Seguros ha revelado que muchos asegurados no son los beneficiarios del seguro de su hogar. Esa condición corresponde a la entidad bancaria con la que suscribieron un crédito hipotecario. Por esos, en muchos casos, el dinero del seguro de hogar va directamente al banco sin pasar por las manos del propietario de la vivienda.
Por extraño que pueda parecer, esta práctica es legal. Claro que en el caso de que el seguro del hogar se haya contratado a través del banco, puede convertirse en ilegal si la entidad bancaria ha impuesto al cliente un seguro sin opción a contratarlo con otra entidad.
Los mediadores proponemos tres medidas para evitar este tipo de situaciones:
1) Contrata siempre tus seguros a través de un corredor o un agente. Se encargarán de que quien suscribe la póliza sea también el beneficiario.
2) Designar al tomador del seguro como beneficiario. El banco no puede negarse ni condicionar la concesión del crédito hipotecario.
3) Para lo que hayan contratado su seguro a través del banco, los mediadores recomendamos comprobar si somos los beneficiarios del seguro del hogar y, si no es así, reclama a la entidad bancaria que proceda a realizar el cambio. También puedes solicitarlo directamente a la aseguradora. Debes tener presente que si se produce un siniestro ya no será posible realizar el cambio.
Desde el Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros se recuerda a los asegurados que “pueden, en cualquier momento, cambiar el beneficiario de la póliza sin que le suponga perjuicio alguno”.
El Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros también mantiene que el beneficiario debe ser el asegurado y no el banco. De esta manera se trata de impedir que la entidad prestamista exija el cobro de la indemnización, en caso de sufrir un siniestro, en lugar de permitir al afectado reparar o reconstruir la vivienda garantía del préstamo.
El Consejo General asegura que “el objeto del seguro es la propia vivienda y no el préstamo”. El deudor mantiene la obligación de pagar el crédito, aunque el bien de garantía, en este caso la vivienda, ya no exista, como está ocurriendo con los miles de inmuebles afectados por la lava en La Palma. Recibir el dinero del seguro puede permitirles reparar o reconstruir su vivienda.
Consulta a tu mediador de seguros si tienes dudas sobre quien es el beneficiario de tu seguro de hogar. Aunque, si lo has contratado a través de un agente o un corredor, tu serás el beneficiario.
FUENTE: Col·legi de Mediadors d'Asegurances de Barcelona
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