El Gobierno prorroga los módulos para 2022
El Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022 aprobado por el Consejo de ministros incluye una nueva prórroga del límite actual de facturación para autónomos que quieran seguir acogidos al modelo de módulos el próximo año. Si los presupuestos diseñados por el Gobierno salen adelante, sería el sexto año consecutivo que se prorrogan los actuales límites de facturación anual.
El Gobierno ha decidido prorrogar un año más el régimen transitorio que se aprobó en 2016 para que los autónomos puedan acogerse al régimen de módulos sobre la base de su facturación total en el año anterior, aplazando la reforma del régimen fiscal para los autónomos que tenía previsto poner en marcha el próximo año. Así, en 2022 podrán seguir acogidos al régimen de módulos los autónomos que en este año 2021 su facturación anual no supere los 250.000 euros, que se reduce a 125.000 euros cuando su facturación se realice en más de un 50% a empresas o profesionales, como es el caso de los autónomos que trabajan en el transporte de mercancías por carretera.
Para permitir que se aplique la nueva prórroga para 2022 del actual límite de facturación anual para acogerse al régimen de módulos, el Gobierno ha acordado introducir esta nueva ‘alargue’ del modelo actual en la Ley de Presupuestos Generales para 2022 que se aprobó en el Consejo de ministros del pasado jueves y que entrará en el Congreso para su tramitación esta misma semana. Con todo, su aprobación final dependerá de que finalmente el Gobierno cuente con la mayoría suficiente para sacar adelante los Presupuestos Generales para el próximo año.
Además, el Gobierno ha descartado introducir en la Ley de Presupuestos el denominado “dieselazo”, es decir, la subida del impuesto al diésel propuesta por el Gobierno el pasado año para ir equiparándolo a la fiscalidad que soporta la gasolina, y que contó con el rechazo de otros grupos parlamentarios, por lo que no salió adelante. Hay que tener en cuenta que dicha subida afectaría a los transportistas titulares de vehículos de menor tonelaje, al no poder acogerse al régimen de devolución parcial del impuesto a través de la figura del gasóleo profesional, y que suponen casi una tercera parte de la flota de camiones que operan en España.
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