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La hora de espera en la carga se indemniza con 40 euros



Cada hora que el cargador obligue al transportista a estar paralizado durante la carga y descarga le tendrá que indemnizar con 40 euros a partir de la segunda hora de espera según el Decreto Ley para la sostenibilidad en el transporte de mercancías por carretera.


La indemnización por el tiempo que el camión pase paralizado por cada hora o fracción después de la primera hora (esos 40 euros) es el doble del Iprem diario (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que este año es de 20 euros. El año pasado era una indemnización algo menor -38,6 euros- porque el Iprem diario era 19,3 euros. Para este año se ha fijado en 20 euros, según la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.


Por días enteros

Además, esta cantidad se va incrementando si el cargador retiene más de un día el camión. Así, la patronal CETM resume:


  • Por una hora de paralización se deberá indemnizar al transportista con 40 euros por hora. Por el primer día de paralización (teniendo en cuenta que el máximo computable es de 10 horas) se deberá pagar 400 euros.

  • El segundo día de paralización la hora se deberá pagar a 50 euros y el día completo a 500 euros (teniendo en cuenta el máximo de 10 horas y el aumento de un 25% del valor de la hora).

  • Si la paralización superase los dos días, se pagaría por hora 60 euros y el día completo 600 (teniendo en cuenta el máximo de 10 horas y el aumento de un 50% del valor de la hora).



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