Normativa de Tacógrafo Inteligente para el Transporte Internacional: Plazos y Penalizaciones
A partir del 31 de diciembre de 2024, entra en vigor la instalación de tacógrafos inteligentes de segunda generación en todos los vehículos de transporte internacional. Esta medida busca modernizar y aumentar la seguridad en el sector, registrando de manera más eficiente las actividades de los conductores y las operaciones vehiculares.
Tacógrafos de primera generación válidos hasta agosto de 2025
Los tacógrafos de primera generación seguirán siendo válidos hasta el 21 de agosto de 2025. A partir de entonces, todos los vehículos deberán estar equipados con la nueva versión, que incluye funciones avanzadas como el registro automático de cruce de fronteras y posicionamiento durante las cargas y descargas. Además, desde el 1 de julio de 2026, los vehículos ligeros entre 2,5 y 3,5 toneladas dedicados sal transporte internacional también deberán cumplir con esta obligación.
Prórroga complicada
La International Road Transport Union (IRU) ha solicitado a la Comisión Europea una prórroga de seis meses debido a las dificultades logísticas y técnicas para cumplir con esta normativa. Sin embargo, dado lo inminente de la entrada en vigor, es poco probable que esta extensión sea aprobada.
Sanciones por no instalar el tacógrafo inteligente de segunda generación
La implementación del tacógrafo inteligente de segunda generación comenzó gradualmente en agosto del año pasado, en el marco del Paquete de Movilidad. Desde el 31 de diciembre de 2024, todos los vehículos de más de 3,5 toneladas en transporte internacional deberán contar con este dispositivo.
Si el tacógrafo actual es inteligente de primera generación, la fecha límite para reemplazarlo será el 20 de agosto de 2025.
Las normativas de la Unión Europea, reguladas por los reglamentos RUE 165/2014 y RCE 561/2006, exigen las mismas condiciones para todas las empresas de transporte, aunque las sanciones varían según el país.
En el Corredor Mediterráneo, que incluye España, Francia, Italia, Eslovenia, Croacia y Hungría, las sanciones por incumplimiento son severas. En España, las multas pueden alcanzar los 2.001 €, mientras que en Francia llegan hasta los 30.000 € e incluso contemplan un año de prisión.
En el Corredor Atlántico, que conecta España, Francia, Alemania, Portugal e Irlanda, las sanciones oscilan entre los 2.000 € en España, los 6.000 € en Portugal y los 1.500 € en Alemania.
Fuente: Transporte al día
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