Fin a la ‘debida vigilancia’ como excusa para no pagar robos en camiones
- Núria A
- hace 4 días
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El Supremo anula la cláusula de “debida vigilancia”: un hito contra la excusa de las aseguradoras para negar indemnizaciones por robos a camiones.
El Tribunal Supremo ha dictado una resolución de gran impacto para el sector del transporte de mercancías por carretera, al declarar nula la cláusula de “debida vigilancia” que muchas pólizas de seguro incluían para rechazar indemnizaciones cuando un camión o su carga era robado.
La citada cláusula exigía que el transportista hubiera mantenido una supuesta “debida vigilancia” de la mercancía para que procediera el pago del seguro. Sin embargo, al no estar definida de forma clara y precisa, se convertía en una herramienta para que las aseguradoras eludieran sus responsabilidades, alegando cualquier circunstancia como falta de vigilancia y negando así indemnizaciones legítimas.
¿Qué ha dicho el Supremo?
El Alto Tribunal ha considerado que esta cláusula es contraria a la normativa de seguros, porque:
Es ambigua y carece de una definición objetiva sobre qué se entiende por “debida vigilancia”.
No cumple con los requisitos de transparencia, claridad y precisión exigidos en los contratos de seguro.
Las cláusulas que limitan o condicionan la cobertura deben estar redactadas en términos comprensibles y aceptadas expresamente por el asegurado.
Por estas razones, la sentencia declara nula esta cláusula, lo que significa que las aseguradoras no podrán usarla como excusa legal para negarse a pagar indemnizaciones tras un robo, siempre que la cobertura de robo esté incluida en la póliza.
¿Qué supone para el sector del transporte?
Esta sentencia ofrece un importante respaldo jurídico para transportistas y empresas de transporte, ya que:
Refuerza la protección de los derechos de los asegurados frente a prácticas contractuales poco claras.
Obliga a las aseguradoras a redactar cláusulas más precisas y comprendidas tanto por profesionales como por clientes.
Aumenta la seguridad jurídica del sector frente a situaciones de robo, que siguen siendo una preocupación habitual en el transporte por carretera.
Conclusión
La decisión del Tribunal Supremo es una victoria para el transporte profesional, porque limita el abuso de cláusulas ambiguas que dejaban desprotegidos a los transportistas ante robos. A partir de ahora, las aseguradoras deberán ofrecer contratos más transparentes y equilibrados, y no podrán excusarse en conceptos difusos como la “debida vigilancia” para negar el pago de indemnizaciones por siniestros que sí deberían estar cubiertos. Este fallo supone un paso importante hacia una mayor seguridad jurídica y equidad contractual en el sector de seguros de transporte.
Fuente: Transporte al día




























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